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Programas de Garantía
Social.
Los Programas de Garantía Social que tratan de dar una respuesta formativa
a quienes han abandonado el sistema educativo sin titulación y que no
disponen de unas competencias suficientes para insertarse laboralmente.
La LOGSE en el artículo 23.2 y
3, establece la necesidad de organizar programas específicos de garantía
social para los alumnos que no alcancen los objetivos de la Educación
Secundaria, con el fin de proporcionarles una formación básica y
profesional que les permita incorporarse a la vida activa o proseguir sus
estudios, y promover la colaboración de la administración local con las
administraciones educativas en el desarrollo de estos programas.
La Orden conjunta de 24 de febrero de 2000, de las
Consellerias de Cultura, Educación y Ciencia, y de Empleo regula los Programas
de Garantía Social en la Comunidad Valenciana.
Duración.
La
duración de los programas será de 900 horas desarrolladas, en un curso
académico
Objetivos.
a.
Desarrollar y afianzar su madurez personal,
mediante la adquisición de hábitos y capacidades que les permitan
participar como personas responsables en el trabajo y en la actividad
social y cultural.
b.
Desarrollar la adquisición de las capacidades y destrezas
suficientes para desempeñar un puesto trabajo , y, al mismo tiempo,
potenciar la adquisición de los hábitos y actitudes precisos para
trabajar en condiciones de seguridad.
c.
Completar el desarrollo de las capacidades
propias de la formación básica con el objeto de ampliar su grado de
empleabilidad, facilitar su incorporación a la vida activa, fomentar una
buena disposición hacia la formación permanente y, en su caso, proseguir
estudios.
Modalidades.
Las modalidades de los programas, integrados en contextos laborales, han de
permitir al alumnado afrontar el acceso a los Ciclos Formativos de Grado
Medio:
Modalidad de Formación - Empleo:
Dirigida a aquel alumnado que desea una rápida inserción profesional.
Supone que el área de Formación Profesional específica incorpora la
realización de un trabajo productivo en relación al ámbito profesional del
mismo, mediante contrato de trabajo.
Modalidad de Iniciación Profesional:
Dirigida preferentemente a los jóvenes que deseando una inserción
profesional, pueden también continuar estudios, fundamentalmente, en los
Ciclos Formativos de Grado Medio a los que accederán mediante la
correspondiente prueba de acceso, y aceptan sin demasiada dificultad el
marco escolar. Su ámbito de implantación más adecuado lo constituyen los
centros educativos. Esta modalidad facilita la transición de la escuela al
mundo del trabajo mediante la realización de una última fase de prácticas
en centros de trabajo, de carácter voluntario y de un máximo de 150 horas.
Se favorece, tanto la inserción de los jóvenes por autoempleo o por cuenta
ajena como la reinserción educativa.
Modalidad para Alumnado con Necesidades
Educativas Especiales: Dirigida a jóvenes con necesidades educativas
especiales, temporales o permanentes, asociadas a su historia educativa o
debidas a condiciones personales que hayan cursado la escolarización
básica, tanto en centros ordinarios, como en centros de Educación Especial,
que tengan un nivel de autonomía personal y social que les permita a través
de la realización de esta acción formativa acceder y mantener un puesto de
trabajo. Su ámbito de implantación más adecuado lo constituyen los centros
educativos Específicos de Educación Especial así como aquellas entidades
sin ánimo de lucro altamente especializadas en la atención de alumnos y
alumnas con necesidades educativas especiales.
Destinatarios
Los programas de garantía social están destinados a jóvenes menores de 25
años y que, al menos, cumplan 16 años en el año natural en que inician el
programa, y no hayan alcanzado los objetivos de la Educación Secundaria
Obligatoria ni posean titulación alguna de formación profesional y reúnan
alguna de las siguientes condiciones:
·
Alumnos escolarizados en el segundo ciclo de Educación Secundaria
Obligatoria que, habiendo accedido a un programa de diversificación
curricular, a juicio del equipo educativo que los atiende, no estén en
condiciones de alcanzar los objetivos de la etapa por esa vía.
·
Excepcionalmente, alumnos a los que no les haya
sido posible acceder a un programa de diversificación y se encuentren, a
juicio del equipo educativo, en grave riesgo de abandono escolar
·
Jóvenes desescolarizados que no posean titulación académica alguna
que les capacite profesionalmente.
·
Alumnos y alumnas con necesidades educativas
especiales, temporales o permanentes, asociadas a su historia educativa o
debidas a condiciones personales que hayan cursado la escolarización
básica, tanto en centros ordinarios, como en centros de Educación Especial.
El número máximo de alumnos/as será de 15 y el mínimo de 10 por grupo o
programa de garantía social, en el caso de que integren alumnos o alumnas
con necesidades educativas especiales, no podrán incorporarse por programa,
más de tres alumnos/as de estas características, siendo entonces el número
máximo de alumnos/as por programa de 12.
Los programas de la modalidad para alumnado con necesidades educativas
especiales, se desarrollarán en grupos de 10 alumnos como máximo, no
pudiéndose, en este caso, autorizar un programa con una matrícula inferior
a 5.
Excepcionalmente, los programas de la modalidad de FORMACIÓN-EMPLEO, podrán
aumentar la ratio en función de determinadas actuaciones formativas propias
de esta modalidad.
Estructura.
Para conseguir los objetivos señalados, los contenidos formativos de los
programas de garantía social, tendrán la siguiente estructura para un total
de 25 horas lectivas semanales.
Distribución
horaria semanal y computo por áreas para un curso de 900 horas. La estructura se organiza en torno a las
siguientes áreas:
a) Área de
Formación Profesional Específica: 15 horas semanales. Tendrá por finalidad preparar al alumnado para
la incorporación a la vida activa en el desempeño de puestos de trabajo que
no requieran el título de técnico/a de Formación Profesional de Grado Medio,
y comprenderá las actividades prácticas y los contenidos necesarios para
adquirir los conocimientos y las capacidades terminales correspondientes a
su perfil profesional. Ésta área tendrá estructura modular, con el fin de
facilitar la acreditación de la competencia profesional y de posibilitar la
correspondencia y convalidación con los módulos de Formación Profesional
Ocupacional.
b) Área de
Formación y Orientación Laboral y Tutorial: 3 horas semanales. Estará encaminada a
familiarizar al alumnado respecto del marco legal de condiciones de
trabajo, de relaciones laborales y de seguridad del ámbito profesional de
que se trate y a dotarle de los recursos y de la orientación necesaria para
la búsqueda de un puesto de trabajo y para el autoempleo.
c) Área de
Formación Básica: 6 horas semanales. Tendrá por finalidad ofrecer al alumnado la
posibilidad de adquirir o afianzar los conocimientos y capacidades básicas,
relacionados con los objetivos y contenidos de la enseñanza obligatoria que
son necesarios para conseguir su inserción social y laboral satisfactoria
y, en su caso, para la continuación de sus estudios, especialmente en los
Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio. Por ello se
procurará que los contenidos y la metodología se adapten a las condiciones
y expectativas particulares de cada alumno/a. El área de Formación Básica
tendrá un carácter transversal respecto a los contenidos o módulos de la
Formación Profesional Específica, de manera que el aprendizaje de los
elementos que la integran – socioculturales, lingüísticos y
matemáticos – esté relacionado significativa y funcionalmente con el
oficio y constituya un proceso en el que se avance de lo más instrumental y
sencillo a lo más complejo.
d) Actividades
Complementarias: 1 hora semanal. Tendrán por objeto ofrecer al alumnado la
posibilidad de mantener actividades deportivas y culturales que, al tiempo
que contribuyan a la consecución de las finalidades de los programas de
garantía social, favorezcan la adquisición de hábitos positivos en relación
al disfrute del ocio y tiempo libre. Las actividades se programarán en
función de las características de cada grupo y, siempre que sea posible,
con su participación.
Prácticas.
1.
Tanto el horario como el calendario de las prácticas, en centros
de trabajo, en cualquiera de las modalidades descritas anteriormente, se
confeccionarán de común acuerdo entre la entidad promotora del programa y
las empresas colaboradoras en la ejecución de estas prácticas, haciéndose
constar en la programación general de inicio del curso.
2.
Las prácticas en centros de trabajo se realizarán en el último
cuatrimestre del curso, excepto en
la modalidad de FORMACIÓN-EMPLEO, en donde el aprendizaje y la
cualificación se alternarán con un trabajo productivo.
Profesorado.
Los
programas, en todas las modalidades, serán desarrollados por un equipo
educativo de base compuesto por dos formadores que deberán trabajar de
forma coordinada complementando su acción educativa para conseguir los
objetivos propuestos, en función de las áreas que componen el programa
formativo. Uno de los formadores deberá ser profesor/a técnico/a o
experto/a en el área profesional u oficio correspondiente. El segundo podrá
ser maestro/a de primaria, profesor/a de secundaria o titulado/a
universitario/a.
Certificado y
Orientación Final.
El alumnado que haya participado en el programa
de garantía social recibirá un certificado, en el que conste para las áreas
de Formación Básica y de Formación y Orientación Laboral y Tutorial y para
cada uno de los módulos superados con evaluación positiva de la Formación
Profesional Específica, el número total de horas cursados y las
calificaciones obtenidas.
La superación de cada módulo de la Formación Profesional
Específica supondrá, al menos, la asistencia con aprovechamiento por parte
del alumno/a de los dos tercios del total de horas que integren el mismo.
Las certificaciones irán acompañadas de un
informe de orientación sobre el futuro académico y profesional del aluno/a,
que no será prescriptivo y tendrá carácter confidencial.
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